DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Aragua Sir Arthur Mc Gregor y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: CON LUGAR la Solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO POR ERROR DE FONDO de conformidad con los artículos: 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, interpuesta por la ciudadana CECILIA ALEJANDRA VELÁSQUEZ CARRILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 14.064.275, domiciliada en el municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 96.308, en su condición de Apoderada Judicial del ciudadano JAVIER JOSÉ SANDOVAL LOERO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.007.200. En consecuencia, este.....