En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada entre el trabajador demandante NELSON CARRASQUEL INDRIAGO y la empresa codemandada DEN SPIE, S.A., dando por terminado el presente juicio que cursa en el expediente No. BP02-L-2005-001054 y otorgándole los efectos de la cosa juzgada. Y con respecto al desistimiento de la acción del demandante en relación al GRUPO ALVICA, S.C.S., debidamente aceptada por su representante judicial, también el Tribunal homologa dicho desistimiento, otorgándole al mismo los efectos de la cosa juzgada y por cuanto se aprecia que la empresa accionada principal DEN SPIE, S.A., realizó un único pago por la suma DIECISÉIS MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 16.000.000,00), a nombre del accionante, mediante cheque Nro. 09674836, girado contra el Banco Provincial, Cuenta Corriente Nro.0108-0034-04-0100003142 se ordena el archivo judicial de.....