Se ordena oficiarle a la Alcaldía del Municipio Turístico el Morro Licenciado Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui y al Síndico Procurador del Municipio Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui a fin de que informen a este Tribunal Superior la causa de la demora para Otorgar el Certificado de Solvencia Municipal, realizada mediante solicitud de Solvencia para Venta de Inmueble Nº 22.365, fecha 17/02/2006, por el contribuyente ANIBAL RAFAEL BARROZZI MORETTI, se fija como término para la respuesta cuatro (04) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 302 y 303 del Código Orgánico Tributario. Vencido dicho lapso este Tribunal Superior procederá a dictar sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 304 ejusdem. Asimismo se participa al Fiscal Vigésimo Segundo del Ministerio Público, en su carácter de parte de buena fe, a los fines legales pertinentes.