Se dictó Sentencia Interlocutoria declarando SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado ALIPIO HERNANDEZ, actuando en su carácter de co-apoderado judicial de la Empresa demandada, en fecha 30 de enero del año 2007, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de El Tigre, en fecha 25 de enero del año 2007 y en consecuencia de ello se CONFIRMO en todas sus partes la decisión apelada antes precisada.