El Abogado en ejercicio HENRY JOSE MATA MATA, con número de Inpreabogado 122.695, en sus carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante y expone: "Solicito a este Tribunal de cumplimiento a la practica de la presente Medida de Secuestro, decretada por el Tribunal de la causa, es todo". El Tribunal a los fines de darle cumplimiento a la presente medida, procede en éste acto a declarar "SECUESTRADO" el inmueble donde se encuentra constituido el Tribunal, el cual esta ubicado en la Calle Francisco de Miranda, zona industrial, 1ra etapa, Municipio San José de Guanipa, del Estado Anzoátegui y posee una superficie de DIECISIETE MIL QUINIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS (17.520 mts2), y alinderado de la manera siguiente: FRENTE: Calle Francisco de Miranda, NORTE: Terrenos Municipales, SUR: Calle Francisco de Miranda, midiendo 188,80 mts ESTE: Calle Luís Razetti midiendo 89,10 mts. y OESTE: Calle El Chaparral midiendo 96,09 mts. Es todo.