Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad conjuntamente con Amparo Constitucional, interpuesto por el Abogado Hugo José López, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 12.450, en el Carácter de Apoderado Judicial de la Empresa Cementaciones Petroleras Venezolanas, S.A, contra la Alcaldía del Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costa, en razón de la naturaleza del presente fallo.
TERCERO: Notifíquese a las partes de la presente decisión.