Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la acción de REVISIÓN Y AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la ciudadana SORONEIDA FRANCISCA MATA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.195.595, domiciliada en la Urbanización Boyacá III, vereda 19, sector 3, casa Nº 07, Barcelona del Estado Anzoátegui, a favor de su hija (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) contra el ciudadano PASTOR JOSE MARIN RODRIGUEZ