Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la acción de divorcio intentada por la Ciudadana SULEIMA DEL VALLE SALAZAR contra el ciudadano JULIAN RAMON GUERRA RIVERO y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 27 de Agosto de 1.983 ante el Jefe del Registro Civil de la Parroquia San Joaquín, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, cuya acta quedó asentada bajo el No. 8 en los Libros de registro Civil de Matrimonios llevados ante ese despacho.-
De ésta unión fue procreado un hijo de nombre JULIAN DAVID, quien actualmente cuenta con dieciocho (18) años de edad.- Liquídese la comunidad conyugal.- Notifíquese a las partes.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
DADA, FIRMADA y SELLADA, en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Cir.....