Por las razones expuestas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud incoada por los ciudadanos: LEODAN RAFAL HERNADEZ CASTRO Y DIANA CAROLINA RONDON, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad Nº 15.845.276 y 17.592.012, respectivamente, asistidos inicialmente por la Abogada en ejercicio YAMILET GUTIERREZ MAURERA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 37.515, por lo tanto, se decreta la CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, solicitada y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unió celebrado, en fecha 15 de diciembre del 2006, contrajeron Matrimonio civil por ante el Registro Civil del Municipio Simon Rodríguez del estado Anzoátegui. Se acuerda liquidar la comunidad conyugal.
Se homologa lo convenido por los solicitantes en cuanto a las Instituciones familiares, en la misma forma, términos y condiciones en qu.....