En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas este Tribunal de Control N° 1 Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui en nombre de la República y por Autoridad de la Ley dicta los siguientes pronunciamientos: 1) Declara PROCEDENTE la solicitud de SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO incoada por la Fiscal Decimoséptima del Ministerio Público de este Estado DRA. ANDRIMAR RAMIREZ LOZANO a favor del joven adulto (IDENTIDAD OMITIDA) plenamente identificado en este auto por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto en el articulo 453 ordinal 4° del Código Penal Vigente en perjuicio del Ciudadano DIOGENES BAUTISTA CASTELLIN LEZAMA, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 561 literal d) de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente, en concordancia con el articulo 318 Numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal aplicado por disposición expresa del articulo 537 en su único aparte de la Ley en comento. 2.) .....