Este juzgado Superior En Lo Civil, Mercantil, Del Transito y Marítimo De La Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana De Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto por el abogado en ejercicio ISMAEL BARRERA GUERRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.374, actuando en su carácter de coapoderado judicial de los ciudadanos GIORGIO PIETRO SAVINA PUPPO, ANGELA ROSA ALVAREZ ESCALONA y WOLFANG AMILCAR MARCANO HERNANDEZ, el primero de nacionalidad italiana, los dos últimos venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. E-840.731, 5.157.925 y 5.962.608 respectivamente, parte actora en el juicio que por PREFERENCIA OFERTIVA, incoaran contra la ciudadana MARTHA YOLANDA RICO ANCHIQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.341.655, contra el auto dictado en fecha 25 de Abril de 2.018, por el Juzgado Tercero de Munici.....