PRIMERO: Extemporáneo el escrito que fuera presentado por el abogado en ejercicio HUMBERTO JOSE TOUSSAINT AGUILERA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nro. V-10.293.928, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 297.496, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano JESUS MANUEL JIMENEZ MARIN, venezolano mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nro. V-4.498.509.
SEGUNDO: Se decreta de oficio la reposición de la causa al estado de nueva designación de defensor ad litem, considerando lo estatuido en el artículo 225 del Código de Procedimiento Civil.