este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EMBARGADOS EJECUTIVAMENTE los bienes señalados por la Apoderada de la parte ejecutante hasta por la cantidad de OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 80.000,ºº), y los deja en posesión de la parte demandada y ejecutada en el presente juicio. Es todo". Seguidamente interviene la apoderada de la parte actora, y expone: "Por cuanto los bienes embargados no cubren la totalidad de la cantidad señalada en la presente comisión, me reservo el derecho de continuar señalando bienes propiedad de la parte demandada hasta cubrir la totalidad del monto demandado. Es todo". Siendo las 12.00 del día compareció el Abogado Doctor CARLOS BELLORIN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 10.164, actuando en este acto en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada a quien inme.....