...el Tribunal que habiendo transcurrido el lapso ya referido en la presente causa, se había perdido la estadía derecho respecto de todos los involucrados, por lo que era necesario la notificación de éstos y así se debía ordenar en el referido auto de fecha 17 de marzo de 2016, al no haberse hecho ello, se impone necesariamente la reposición de la causa, dejando sin efecto todo lo actuado luego de tal fecha, específicamente la audiencia de juicio de fecha 7 de junio de 2016, al estado de notificar a la codemandada PDVSA GAS, S.A., de la oportunidad en que se celebrará la audiencia de juicio en la presente causa la cual tendrá lugar a las 10:30 de la mañana del cuarto (4°) día de despacho siguiente a que conste en autos la certificación que estampe la secretaría de este juzgado de la notificación que se efectúe de la empresa PDVSA GAS, S.A. Ahora bien, dado que al señalado acto comparecieron la parte actora y la codemandada ZARAMELLA & PAVAN, CONSTRUCTION COMPANY, S.A., se hace innece.....