"...". Acto seguido la Juez Provisoria Primero Ejecutor de Medidas oída la solicitud de la parte actora y la exposición del perito designado pasa a dar cumplimiento a la misma y en consecuencia este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del y Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, NOTIFICA al ciudadano FULGENCIO LENY HERNANDEZ GONZALEZ, venezolano mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº 8.301.585, que debe desincorporarse de este inmueble señalado como hogar conyugal, Asimismo se le notifica que la ciudadana Nathaly Mendoza Romero y su hijo Manuel Andrés Hernández son los que deben permanecer en el hogar conyugal de conformidad con lo ordenado en fecha 04-06-2008, por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio Nº 01. Cumplida como ha sido la Notificación .....