"Seguidamente, el Juez Temporal Primero Ejecutor de Medidas, Abg. JOSE MANUEL RODRIGUEZ, oído el convenimiento expuesto por la aparte demandada ciudadana Sorimar Coraspe, plenamente identificada y debidamente asistida por el abogado BARTOLO RAFAEL GONZALEZ, así como la aceptación por parte de la parte actora y la solicitud de la misma en cuanto a la remisión de la presente comisión a los fines de la Homologación del señalado convenimiento, la acuerda y en consecuencia ordena la remisión de las resultas al Juzgado de la causa. Asimismo se ABSTIENE de ejecutar la medida de embargo preventivo en virtud del convenimiento aceptado por las partes. Y ASÍ SE DECLARA. "