Con vista de las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1) LA CONFESION DE LA DEMANDADA; 2) PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA por cobro de diferencia sobre prestaciones sociales que incoaran los ciudadanos EDAVIS ANTONIO GARCIA RODRIGUEZ, LUIS ALBERTO NARANJO PEÑA, JUAN CARLO QUIJADA RIVERO y TOMAS ANTONIO HERNANDEZ GONZALEZ, titulares de las Cédulas de identidad Nros. 8.491.967, 11.099.090, 18.593.387 y 4.233.890, contra la empresa SERVICIOS Y MANTENIMIENTO SERVEG, C.A.
No hay condenatoria en costas dado el carácter parcial del fallo.