Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CONFESO FICTO al ciudadano Héctor Antonio Aldana, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.348.111, y de este domicilio, y CON LUGAR la demanda por Resolución De Contrato De Arrendamiento, incoada por el abogado Gustavo Ramos Rosas, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 95.643, con el carácter de co-apoderado judicial del ciudadano Elmer Carrero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.116.433, y de este domicilio, en contra del ciudadano Héctor Antonio Aldana, antes identificado. En consecuencia, se declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes, notariado por ante la Notaría Pública Primera de Puerto la Cruz, Municipio Sotillo del Estado.....