Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Función de Juicio Nº 03, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: De conformidad con el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, se asume el control jurisdiccional y se constituye éste Tribunal en forma Unipersonal, en el asunto seguido en contra de los acusados JOSE MIGUEL PERALES y EDGAR RAMON LABANA, titulares de las cédulas de identidad números 6.637.277 y 4.906.509, respectivamente, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, cometido en perjuicio de la victima NANCY VICTORIA REGGES; ordenándose la celebración del juicio oral y público para el día 04-11-2.009, A LAS 02:00 DE LA TARDE. SEGUNDO: Líbrense las correspondientes boletas de notificación y citación, instándose a la Oficina de Alguacilazgo para que de cumplimiento a la consignación de las boletas con antelac.....