Por lo antes expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la HOMOLOGACION del DESISTIMIENTO formulado en el presente procedimiento de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, presentada por la ciudadana: MARIANA BEATRIZ RINCON MORALES, contra la ciudadana MARIA JOSE GONZALEZ IRURETA, ambas partes plenamente identificadas en los autos, y proceder como en sentencia pasada con Autoridad de cosa juzgada conforme lo establecen los Artículos 263, 264 del Código de Procedimiento civil.-