Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se Declara CON LUGAR la CUESTIÓN PREVIA opuesta por el abogado KARIM EMILIO MORA MORALES, titular de la cédula de identidad Nº V-5.721.731 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.704, en su carácter de Apoderado Judicial de las co-demandadas INDUSTRIAS GRAN CARIBE, C.A. y SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL, C.A., establecida en el ordinal 8º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la existencia de una cuestión prejudicial que deba resolverse en un proceso distinto, en el juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS, DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO, incoara el ciudadano CESAR JACINTO LOPEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.....