Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Libertad de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentada en el Articulo 185 del Código Civil Venezolano Vigente en Concordancia con la Jurisprudencia de la Sentencia N° 1.070, de fecha nueve 09 de Diciembre del año dos mil dieciséis (2016), presentada por el Ciudadano: LUIS ALEJANDRO PIÑA GUZMAN, Venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V-24.829.668.
En consecuencia, se Declara disuelto el vínculo del Matrimonio Civil contraído en fecha 30 de Diciembre de 2014, conforme consta de Copia Certificada de Acta de Matrimonio, asentada bajo el Nº 46, Folio 26, Tomo 02, Libro 02 del libro del Registro Civil de la Parroquia La Toscana, Municipio Piar, Estado Monagas, la cual se acompaña a la Solici.....