Se dicto sentencia en el presente asunto declarandose:PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación formulado por el ciudadano FRANKLIN ALEXANDER MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.944.298, asistido del ciudadano Abogado FRANCISCO TIRADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19.202, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, extensión El Tigre en fecha veintisiete (27) de Septiembre de 2016. SEGUNDO: SE RATIFICA la sentencia recurrida mencionada en el particular que antecede, conforme a los términos expuestos en el cuerpo de esta decisión, en consecuencia, se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano FRANKLIN ALEXANDER MARCANO FIGUEROA,, identificados en autos, en contra de la sentencia antes referida. Así se decide. TERCERO: No hay condenatoria en Costas.-