Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento presentado por el abogado en ejercicio ENRIQUE JIMENEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 170.883, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ZORAIDA MARINA ALBA VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-2.011.310. Así se establece. -
SEGUNDO: Remítase el presente expediente al Archivo Judicial de este Estado, en su oportunidad legal correspondiente. -
TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo previsto en el Artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. -