Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Accidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara sobre la pretensión de amparo en los términos siguientes:
PRIMERO: CON LUGAR, la acción de Amparo Constitucional, interpuestas por el ciudadano EUDEDY GUARIMATA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.315, actuando en nombre y representación del ciudadano CARLOS AUGUSTO CASTILLO ESCARATE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.425.643, contra la empresa ZARAMELLA & PAVAN COMPANY S.A (Z&P CONSTRUCCIÓN CO, S.A) inscrita por ante el Registro de Comercio que llevó el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Segundo Circuito Judicial del Estado Zulia, el 15 de marzo de 1951, bajo el número 10, folio 12; por la presunta violación de los derechos constitucionales previstos en los artículos 49, 87, 88, 89, 91 y 93 de la Constitución de la República Bolivariana de.....