Con vista de las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PRESCRITA, la acción por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoada por los ciudadanos MIGUEL LAREZ Y MANUEL TAYUPE, en contra de la empresa SERVICIOS AGROINDUSTRIALES PARIAGUAN, C.A. (SAIPCA), y en consecuencia SIN LUGAR la demanda.