Por todos los razonamientos antes esgrimidos , este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR EL SOBRESIMIENTO DE LA CAUSA, solicitado por la Representante de la Fiscalia Decimaséptima del Ministerio Público del Estado Anzoátegui; a favor del ciudadano, IDENTIDAD OMITIDA , anteriormente identificado, como COAUTOR en la comisión del delito ROBO AGRAVADO , tipificado en el articulo 460 del Código Penal en concordancia con el articulo 83 Ejusdem ; cometido en perjuicio del ciudadano RICHAR JOSE ARAUJO RODRIGUEZ y en consecuencia se pone termino al presente proceso .Todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 48 numeral 1 ,318 numeral 3, 319 y 322 todos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicados supletoriamente por remisión expresa del art.....