Por todas las consideraciones que anteceden, este Tribunal Primero Transitorio Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil PETROLERA ZUATA, PETROZUATA, C.A., contra las sentencias interlocutorias dictadas por el suprimido Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 05 y 08 de diciembre de 2000, las cuales quedan anuladas. 2) Se ANULA la decisión definitiva dictada por el suprimido Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 20 de mayo de 2002. 3) SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JESÚS RAFAEL GONZÁLEZ MEDINA contra las sociedades mercantiles APOYO, C.A. y PETROLERA ZUATA, PETROZUATA.....