Por todo lo anteriormente expuesto, éste Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, se declara "INCOMPETENTE" para el conocimiento de la presente Solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana MARIA TEODORA PEREZ DE GALINDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.464.574, de este domicilio, actuado en su propio nombre y representación de los ciudadanos JOHANNA ESPERANZA GALINDO RONDON, EMIL JOSÉ GALINDO PEREZ, MAIFE ESPERANZA GALINDO PEREZ y MARIANELA JOSE GALINDO PEREZ, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V15.211.484, V-14.641.486, V-16.571.784 y V-18.680.819, donde solicita a este Tribunal se les declare como los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano FREDYS JOSE GALINDO SUVERO, quien era venezolano, mayor de e.....