Ahora bien, de la revisión del presente expediente se evidencia que en fecha 24 de enero de 2005, el Tribunal Tercero Control que conocía de la causa, remite el expediente a este Tribunal de Control Nº 06, por cuanto la Corte de Apelaciones declaró sin lugar la recusación interpuesta en contra del DR. ELEAZAR SALDIVIA anteriormente Juez de Control Nº 06, siendo asignado el expediente nuevamente a este Despacho en fecha 10-02-2005 (1:41 p.m), según se desprende del comprobante de recepción y distribución de documentos que riela al folio 134 de la segunda pieza, y es posteriormente a esa asignación que los solicitantes presentan el escrito de marras, tal como se evidencia al folio 137 de la segunda pieza (2:17 p.m). De lo expuesto se evidencia, Primero: Que la Recusación fue interpuesta en este Tribunal de Control N. 06, el día 10 de febrero de 2005. Segundo: Que la Juez recusada Dra. FRENNY BOLIVAR DOMINGUEZ, se había desprendido de la causa en fecha 24-01-2005......