Seguidamente este Tribunal, procede a imponer al notificado anteriormente identificado, de lo ordenado en el despacho de comisión, por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal Nº 4, en consecuencia, se ordena retener: A) El treinta por ciento (30%) mensual del sueldo, horas extras, que devenga el reclamado de autos, quien labora como Chofer de Gandolas al servicio de la Constructora Gómez & Asociados, C.A., ubicada en la Carretera Nacional salida a Barcelona, Sector Los Chaguaramos, El Tigre, Estado Anzoátegui, para satisfacer la Obligación de Manutención de la Adolescente TABATA AVELINA TIRADO BECERRA.- B) El treinta por ciento (30%) anual de las Utilidades o remuneración especial de fin de año que le correspondan al demandado, para satisfacer las necesidades materiales y espirituales en la época de Navidad.- C) El treinta por ciento (30%) anual del Bono Vacacional que le pueda correspon.....