Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, y de Tránsito de la Circunscripción judicial del Estado Anzoátegui administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA la solicitud de Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar solicitada por la parte demandante en el presente juicio por NULIDAD DE DOCUMENTOS, incoado por el ciudadano RAMON ERASMO SERRAMEDA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 2.797.952, en contra de la SUCESION NELLY JOSEFINA ZARRAMEDA DE ALCALA, integrada por los ciudadanos ZULAY DEL VALLE ALCALA ZARRAMEDA, REYNALDO ALCALA NAVARRO, REINALDO ALCALA ZARRAMEDA Y LUZ ALCALA ZARRAMEDA venezolanos, mayores de edad, domiciliado, titulares de las cedulas de identidad Nros. 13.783.817, 11.416.500, 13.690.767, respectivamente. Así se decide.
No hay condenatoria en costas, dado el carácter de est.....