IV
DECISIÓN
En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185–A, presentada por los ciudadanos: LILIANA BEATRIZ PARACO Y JOHNNY DEL VALLE TIAMO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.272.315 y V-8.273.511, respectivamente, debidamente asistidos por el Abg. HELEN PLAZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 87.036, disolviéndose por consiguiente el Vínculo Matrimonial existente entre ellos, el cual fue contraído en el Registro civil del Municipio Simon Bolívar, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, en fecha diecinueve (19) de Noviembre de 1991, tal c.....