Se Revocó la Medida Cautelar Sustitutiva consistente en Presentación Periódica Cada Ocho (08) Días, por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, prevista en el Articulo 582 Literal "C" de La Ley Orgánica Para la Protección De Niños Niñas y Adolescentes, e IMPONER la medida de PRISION PREVENTIVA, al ciudadano R.J.G.A.M., (DATOS OMITIDOS), prevista en el artículo 581 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; a quien se le sigue el presente proceso, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el Artículo 458 del Código Penal, en concordancia con el articulo 83 Ejusdem, en agravio del ciudadano JUNIOR ALEJANDRO GUILLEN VELASQUEZ; Ordenando el Ingreso del ciudadano R.J.G.A.M. en el Centro de Coordinación Policial Barcelona (Comandancia General de la Policía); lugar en el cual permanecerá recluido a la orden de este Juzgado de Juicio; Declarando Con Lugar la Solicitud de la Fiscal 17º del Mini.....