este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN el acuerdo suscrito entre las partes, dándole el carácter de cosa juzgada, en consecuencia, se declara terminada la causa y se ordena archivo del expediente. En virtud del acuerdo alcanzado, el tribunal suspende la medida de embargo ejecutivo decretada en contra del ciudadano JEAN CRUZ CARABALLO PRADO, en fecha 11 de febrero de 2009, así como se deja sin ningún efecto jurídico el mandamiento ejecutivo librado en la misma fecha, por lo que el tribunal ordena al demandante, que deberá consignar el referido mandamiento en el expediente con sus resultas, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a éste. Regístrese. Déjese constancia de la anterior decisión en el copiador respectivo. Expídase un ejemplar adicional a ca.....