Se dictó sentencia INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA declarando SIN LUGAR el Recurso de apelación propuesto en fecha 06 de noviembre de 2008, por el apoderado de la parte demandante abogado JOSE GREGORIO BETANCOURT, se revocó en todas y cada una de sus partes la decisión recurrida y se declaro extinguida la Instancia en el presente asunto por haberse materializado la perención breve de la instancia de conformidad con el ordinal 1º del articulo 267 del C.P.C.-