Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Juicio Unipersonal Nro. 03, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Conforme al artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta Sentencia Definitiva Condenatoria, previa aplicación del Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos, en contra del acusado DAVID GRADIEL JOSE GUADELIS GUAREMA, titular de la cédula de identidad número 15.873.754, por la comisión de los delitos de CAMBIO ILICITO DE PLACA y APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR PROVENIENTE DEL ROBO, previstos y sancionados en los artículos 8 y 9 de la Ley Sobre el Hurto y el Robo de vehículos Automotores; imponiéndose la pena a cumplir DOS (02) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN. SEGUNDO: En virtud que el acusado de autos, fue detenido en fecha 07-03-2.008 por los funcionarios actuantes .....