Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en base a las razones de hecho y de derecho anteriormente mencionadas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara INADMISIBLE la presente demanda.- Así se decide.-