Este Tribunal, con vista de los recaudos acompañados a solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas bajo juramento por los testigos antes mencionados, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos NORELYS DIONIDA RAMIREZ SALAZAR, MAURICIO ALEXANDER AGUILERA RAMIREZ, ROSELIZ ADRIANA AGUILERA RAMIREZ Y MAURELIS ALEXANDRA AGUILERA RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, de estado civil viuda, la primera de las mencionadas y solteros los restantes, portadores de las cédulas de identidad Nros. V- 10.299.366, V-.17. 971.875, V-21.391.651 y V-19. 009. 869, respectivamente, sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida se llamara LUIS MAURICIO AGUILERA DOMINGUEZ, nacido en fecha 02 de junio de 1964, con cédula de identidad Nro. V- 6447670, de 51 años de edad, de ocupación Operador de Planta, fallecido en fecha 09 de enero de 2016, en el Municipio Bolívar, Parroquia El Carmen, del estado Anzoátegui,.....