Éste Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RATIFICÓ LA ORDEN DE APREHENSION y DECRETÓ MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano JUAN FRANCISCO (APODADO EL CHACHO), titular de la cédula de identidad Nº V-20.106.189, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previstos y sancionados en los artículos 458 del Código Penal Vigente y articulo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, cometidos en perjuicio de la ciudadana ROSANGELA MARIA SALAZAR, todo de conformidad con los artículos articulo 237 numerales 2, 3 y el parágrafo primero de la referida norma, así como lo previsto en el articulo 238, todos del código orgánico procesal penal. Se decretó la aplicación del Procedimiento Ordinario.