esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda: PRIMERO: Se procede a corregir el nombre del niño de marras, siendo lo correcto JONATHAN DAVID GONZALEZ CARAUCAN, de seis (06) años de edad y se Declara CON LUGAR la solicitud presentada por la ciudadana LILIBETH CAROLINA CARAUCAN LUCES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.223.183, domiciliada en la Calle Libertad, casa Nº 12, Sector Los Montones, Barcelona, Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la Defensora Publica Primera del Sistema de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Estado Anzoátegui, abogada MARIA EUGENIA MURILLO TIMAURY. SEGUNDO: Designar a la ciudadana LUZMILA JOSEFINA CARAUCAN LUCES, venezolana.....