Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Control Nro. 05, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Notificar tanto a la Victima como al Imputado del Presente Archivo de Fiscal, conforme al artículo 315 y 316 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual comporta el cese de la Medidas Cautelares impuestas en fecha 21 de Abril del 2006 y la condición de imputado al ciudadano EDIE DARIO PERAZA MARTINEZ. Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 7.593.516, Remítase oficio a la Oficina de Alguacilazgo participando lo conducente, Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público a los fines que sean agregadas al Asunto Principal. Notifíquese a las partes; así como al Fiscal Superior del Estado, participándole que se la Fiscalia antes mencionada decretó el Archivo Fiscal.....