Quienes suscriben dicho DESISTIMIENTO, tienen facultad para hacerlo, pues es parte identificada para el presente Juicio con facultad para realizar cualquier acto derivado del mismo, y aun mas un acto de AUTO COMPOSICION procesal que el que nos ocurre, por lo que el despacho nada tiene que objetar a dicho DESISTIMIENTO, y le concede la HOMOLOGACION DE LEY, e igualmente se acuerda devolver los documentos de la presente acción previa a su certificación. Se ordena el archivo del presente expediente. El Juez Titular,
Dr. Víctor Lugo Ascanio
La Secretaria,
Abg. Fátima Rondon Itanare