Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad de e Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, RESUELVE lo siguiente: Se acuerda AUTORIZACION al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, actualmente recluido en la casa de Formación Integral Barcelona Nº 02 Pozuelo, Puerto La Cruz Estado Anzoátegui, autorización para que asista al curso de DESARROLLO HUMANO, los días 29 y 30 de Mayo del 2010 desde las 6:00 AM hasta las 10:00 PM, dicho taller se realizara en el Liceo José Antonio Anzoátegui, y a tales efectos se comisiona suficientemente a la ciudadana Tamara Méndez, jefe encargada de dicha Institución a efectuar el mismo, con las seguridades que el caso requiere y así mismo se incorpore el personal de custodia necesario. Todo ello de conformidad con lo consagrado en los artículos 90, 630 y 631 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Notifíquese a las partes.....