Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 17/06/2016

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta.
Paginas 1 [Total de sentencias: 1] Página 1 de 1
N° Expediente : BP02-S-2015-001949 N° Sentencia : Fecha: 17/06/2016
Procedimiento:
Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)
Partes:
ARGENIS JOSÉ RICARDI CEDEÑO Y OLGA JOSEFINA GIL LEZAMA,
Resumen:
Por las razones que anteceden, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos ARGENIS JOSÉ RICARDI CEDEÑO y OLGA JOSEFINA GIL LEZAMA, asistidos por la abogada LILI GARCÍA VELÁSQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 233.278. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos, el cual fue contraído por ante la Prefectura del Municipio Guanta, Distrito Sotillo del Estado Anzoátegui, según consta de acta de matrimonio N° 58, el día 01 de marzo del año 1984, acompañada a los autos en copia certificada. Y ASÍ SE DECIDE.-
Juez/Ponente:
Mirla Josefina Mata Rojas
Organo:
Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta.
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados