Este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION ejercida por el abogado en ejercicio LUIS RONDON, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 85.368, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana VALERIA CAROLINA GARCIA MANRIQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 25.387.155, contra la sentencia dictada en fecha 18 de Enero de 2.016, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, la cual declara: NO SUBSANADA la cuestión previa opuesta por la parte demandada, contenida en el ordinal 6° del Articulo 346 del Código de Procedimiento Civil, relacionada al defecto de forma de la demanda, y en consecuencia de ello, extinguido el procedimiento, en el juicio que p.....