Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Medida de Protección COLOCACIÓN FAMILIAR DEFINITIVA, incoada por el ciudadano JULIO CESAR HAVVAT CARRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 14.632.773, domiciliado en la Av. Intercomunal, Sector Cerro Amarillo, Residencias La Laguna, Torre Sinamaica, piso 2, apto 2, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, a favor del adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , hijo biológico de los ciudadanos LAURA YSABEL CECILIA FIGUEROA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.771.297 .....