Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio de Acción Reivindicatoria, interpuesta por Inversiones en General Almotacen Segunda, C.A., (originalmente denominada Maderera J. Gaspard, C.A.), en contra de la Cervecería Polar, C.A., anteriormente identificados, de conformidad con lo previsto en el ordinal 1º del artículo 267 del Código de procedimiento Civil, y así se decide.-