En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Primero de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INACTIVIDAD PROCESAL, en la presente demanda de MODIFICACION DE CUSTODIA, presentada por la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, Abg. LORYANA DECENA RAMIREZ, a requerimiento del ciudadano DRUMAN JOSE ALVINO FIGUERA, venezolano, mayor, de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-19.008.711, domiciliado en la Urbanización Brisas Del Mar, sector 1, vereda 15, casa Nº 16, Barcelona, Estado Anzoátegui, en contra de la ciudadana EDDANNY YANEZ GUZMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-20.807.176, residenciada en El Temblador, Municipio Libertador, Sector Nuevo Temblador, calle Francisco Olivo, .....