Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano RAFAEL SÁNCHEZ ZABALA, asistido por el Abogado RAFAEL GUAITA, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 06 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 01 de abril de 2009, mediante la cual declaró sin lugar la solicitud de entrega material de un vehículo presuntamente propiedad de la ciudadana ut supra mencionada, por los razonamientos expuestos en la parte motiva del presente fallo. SEGUNDO: Queda CONFIRMADA totalmente la decisión dictada por el Tribunal Sexto de Control del Estado Anzoátegui, en fecha 01 de abril de 2009 que negó la entrega del vehículo objeto del presente caso. TERCERO: Remítanse las actuaciones al Tribunal a quo a los fines leg.....